Apoyo Mutual

Apoyo Mutual

Apoyo económico otorgado
a nuestros asociados.

El Apoyo Mutual es un beneficio de apoyo económico que se otorga a los Asociados afiliados al Ahorro y tiene como finalidad atender sus necesidades inmediatas de forma solidaria y será devuelto mediante cargos mensuales pactados con el Asociado.

Para acceder a este servicio, el Asociado autorizará el débito mensual en las cuentas afiliadas del BCP, los siguientes montos:

  • La cuota de Ahorro, que es mínimo s/. 20.00 soles, y que se puede incrementar, a solicitud del asociado, en cualquier momento, o por ser requisito de un Apoyo Mutual Especial concedido.
  • La cuota de Apoyo Mutual: Amortización más Gastos Administrativos
  • Durante el plazo de vigencia del Apoyo Mutual otorgado se debitará mensualmente S/.8.00 soles del saldo de ahorros por concepto de gastos de mantenimiento, que se derivan de las operaciones necesarias para brindar el servicio en forma eficiente y efectiva.

Todo Asociado activo puede acceder a un Apoyo Mutual Especial de hasta un máximo de S/ 2,000.00 por una sola vez en los casos del fallecimiento del cónyuge, padre o madre (Sujeto a evaluación).


¿Qué se necesita para acceder a un Apoyo Mutual?

  • Estar afiliado al Servicio de Ahorro Mutual en La Asociación.
  • El Asociado deberá presentar la solicitud en el formato establecido, consignando todos los datos requeridos de forma obligatoria y que es entregado por La Asociación o pueden obtenerlo directamente desde la página web.
  • El Ahorro Mutual es un depósito a favor del Asociado y que al acumularse mensualmente en su cuenta personal, sirve como garantía del apoyo económico que se le conceda cuando así lo requiera o también para cubrir proporcionalmente alguna garantía solidaria suscrita en favor de otro Asociado.
  • En los casos de requerir avales, estos deberán de estar afiliados al Servicio de Ahorro Mutual, quienes garantizan solidariamente la devolución del monto, por el Apoyo Mutual concedido. En caso de no ser cancelado el Apoyo Mutual por el Asociado favorecido, los Avales asumirán en partes proporcionales la deuda del asociado.
  • El formato original del Apoyo Mutual debe ser enviado con los documentos sustentatorios a nuestras oficinas a la brevedad. En caso de no cumplir con este requisito no serán atendidos para un nuevo Apoyo Mutual, hasta su regularización.
  • El Asociado deberá comunicar a La Asociación de Empleados del BCP, si ha dejado de laborar para el BCP, Empresa del Grupo Crédito o Subsidiaria, con un plazo no mayor a 30 días calendario.